BONIFÍCATE EN 3 PASOS ¿Quieres saber más sobre las bonificaciones de la Fundación Estatal para la formación en el empleo?
¿Quién puede beneficiarse?
Todas las empresas que estén dadas de alta en España y paguen en las nóminas de sus trabajadores el concepto de formación y empleo, tienen derecho a una bonificación por formar a sus empleados. No podrán disponer de esta formación bonificable los autónomos ni los trabajadores de la Administración Pública, ni todos aquellos trabajadores por los que no se pague en concepto de formación y empleo.
¿Qué tengo que hacer para solicitar la bonificación?
Si desea que Asís Formación gestione su bonificación es necesario que nos envíe la siguiente documentación cumplimentada:
Adhesión al convenio. En este documento solicitamos los datos fiscales de la empresa. Con él, nos autoriza a realizar la gestión ante Fundación Estatal para la formación en el empleo en su nombre, evitándole todos los trámites que la solicitud de bonificación requiere.
Formulario de bonificaciones. En este documento solicitamos los datos del alumno, necesarios para justificar la solicitud ante la Fundación Estatal para la formación en el empleo.
¿De cuánto crédito dispone mi empresa y cómo puedo gastarlo?
El crédito mínimo bonificable es 420 € anuales (para empresas de menos de 9 empleados). Para empresas de un número mayor de empleados, habría que consultar el crédito en cada caso. Puede hacerlo con el simulador de crédito de la Fundación Estatal para la formación en el empleo.
Bonifícate en 3 pasos.
Para más información: Fundación Estatal para la formación en el empleo.
Puedes consultar la encomienda de agrupación de empresas de Grupo Asís en este enlace. aquí